Mi actividad es Comercio al por menor de toda clase de prendas de ropa y tocado con un Epígrafe del 6512.
La voy a realizar en villamartín, Cádiz.
Mi forma jurídica es de Autónomo.
Capital inicial no es necesario un Capital mínimo.
Los aspectos fiscales y tramites de constitución son:
- Aspecto fiscales:
- IAE: Persona físicas excentas (autónomo y empresarios)
- IVA: Recargo de equivalencia( 4%)/(IVA- 18%): Esta actividad esta en el Recargo de equivalencia, No hay que hacer la liquidación del IVA ni la facturas recibidas IVA+Recargo
- IRPF: Estimación objetiva
- Tramites de constitución:
- Ayuntamiento:
- licencia de apertura
- Agencia tributaria:
- Hacienda: Alta en el censo
- Descripción:Declaración censal de comienzo, modificación o cese de actividad que han de presentar a efectos fiscales los empresarios individuales, los profesionales y las sociedades.
- Lugar: Administración o Delegación de la Agencia tributaria correspondiente al domicilio fiscal.
- Documentación:Número de Identificación Fiscal, N.I.F. (salvo que se solicite en esta declaración) e Impreso 036 (para sociedades) o 037 (empresario individual)
- Tesorería de la Seguridad Social:
- Afiliación y número: es un acto Administrativo mediante el cual la tesorería general de la seguridad social de incluida en el sistema de seguridad social a la persona física que realiza una actividad determinante de su inclusión en el ámbito de aplicación del mismo Modelo TA.1
- Lugar: Dirección Provincial de la tesorería general de la seguridad social
- Alta en el régimen de la seguridad social: TA0521
- Régimen especial de trabajadores autónomo: como trabajador por cuenta propia o autónomo, aquel que realiza de forma habitual. personal y directa una actividad económica a título lucrativo
- Consejeria de trabajo en la Junta de Andalucia:
- Apertura del centro de trabajo: Dedicada por el empresario la iniciación de su actividad, se deberá proceder a la comunicación de apertura del centro de trabajo, a efectos del control de las condiciones de Seguridad y Salud Laboral. Anexo A y B
- Lugar: Dirección Provincial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, para Ceuta y Melilla, o la unidad correspondiente de la Comunicad Autónoma.
- Documentación: Formulario oficial que se facilita en la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo e inmigración o en la consejería correspondiente de la comunidad autónoma
- Plazo: se efectuará dentro de los treinta días siguientes a la apertura de un centro de trabajo o reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones
- Inspección provincial de trabajo:
- Obtención y legalización de visitas:
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